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AEAT y Renta 2022: Cómo hacer tu Declaración de la Renta

¿Sabes cómo hacer tu Declaración de la Renta? Vamos a repasar las claves de la Renta 2022 y la AEAT.

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Fecha de publicación

31 Ene, 2022

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Índice de contenido

AEAT y Renta 2022: Cómo hacer la Declaración de la Renta. Todo te quedará muy claro después de leer esta guía y no habrá borrador que se te resista. ¡Empezamos!

AEAT y Renta 2022: Cómo hacer la Declaración de la Renta. Novedades y cambios.

Para la campaña de la Renta 2021 (en la que se declaró el IRPF del ejercicio 2020 – AEAT Renta 2020), la Agencia Tributaria publicó un Manual práctico a disposición de todo aquel que deseara consultarlo. Eso sí, no se trató de una lectura ligera, ya que contaba con 1.466 páginas que te resumiremos a continuación.

En primer lugar, informaba sobre las novedades en el IRPF ese año. Entre ellas, los plazos, exenciones, base liquidable, mínimo personal y familiar, o el rendimiento de actividades económicas; así como una guía de deducciones por Comunidades Autónomas.

A continuación, pasaba a detallar aspectos generales de la Declaración de la Renta, el IRPF y su sujeción a aspectos materiales, personales y temporales, rendimientos del trabajo, rendimientos del capital inmobiliario, rendimientos del capital mobiliario, rendimiento de actividades económicas (método de estimación directa, estimación objetiva en actividades distintas a las agrícolas, ganaderas o forestales).

Además encontrarás los regímenes especiales, ganancias y pérdidas patrimoniales, integración y compensación de rentas, base liquidable, adecuación del impuesto a circunstancias personales y familiares del contribuyente (mínimo personal y familiar), cálculo del impuesto, deducciones generales, deducciones autonómicas; y por último, cuota líquida, cuota de autoliquidación, cuota diferencial y resultado de declaración.

Si tuviésemos que calcular y tener en cuenta todos estos aspectos manualmente, sería sin duda una tarea agotadora, pero afortunadamente la AEAT nos ofrece la posibilidad de elaborar un borrador que precarga todos estos datos, de manera que lo que nosotros tenemos que hacer es revisarlo y confirmar la información o modificarla en caso de que sea necesario, y presentar finalmente la Declaración de la Renta.

Datos fiscales de la Renta 2021/2022

¿Cuándo se hace la Declaración de la Renta 2021/2022? Por ahora, sobre la campaña 2022 sabemos que empezará el 6 de abril para las presentaciones online. El 5 de mayo estará disponible la modalidad telefónica, y el 1 de junio empezará la atención en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Por otra parte, el 27 de junio terminará el plazo para las declaraciones con resultado a pagar por domiciliación bancaria, y finalmente el 30 de junio terminará el plazo para presentar la Declaración del a Renta.

Entre alguna de las novedades que cabe mencionar se encuentra el alza del impuesto para las rentas a partir de 300.000 euros y para los patrimonios de más de 10 millones. Aumenta dos puntos el tipo estatal que grava las rentas del trabajo de más de 300.000 euros hasta el 47%. Esto conlleva otro cambio destacable, es que los tramos del IRPF pasan de 5 a 6.

De esta manera, todos los tramos quedan así:

  • Primer tramo hasta 12.450 euros en el que se paga un 19%.
  • Segundo tramo hasta 20.200 euros con tipo del 24%.
  • Tercer tramo hasta 35.200 euros con un 30%.
  • Cuarto tramo hasta 60.000 euros con un 37%.
  • Quinto tramo hasta 300.000 euros con un 45%.
  • Sexto tramo (novedad) a partir de 300.000 euros de 47%.

Si te preguntas qué es el IRPF, resumiendo se trata de un impuesto progresivo, por eso funciona por tramos. Es la base del sistema tributario español, ya que es el que permite en gran parte el sustento del gasto público. El IRPF incluye los rendimientos de trabajo, que son los salarios y las pensiones. Habrás oído hablar de las retenciones en tu salario. Las empresas deben aplicarlas a las nóminas de sus trabajadores, y la cuantía de esa retención del IRPF varía en función de factures como la propia nómina, discapacidad, situación familiar o duración del contrato.

Es importante estar atento a las retenciones durante el año, porque éstas son como un adelanto que le damos a Hacienda de nuestra contribución, y según hayan sido mayores o menores, la Declaración nos puede salir a pagar o a devolver.

Por otro lado, se encuentran los rendimientos de capital, que provienen de los inmuebles y los ahorros; y el rendimiento de actividades económicas, como los alquileres. También se tienen en cuenta las ganancias que se producen (restando las pérdidas) en el patrimonio personal.

El IRPF se aplica a las personas físicas, mientras que el Impuesto de Sociedades se aplica a las personas jurídicas.

Por otra parte, suben tres puntos las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%, cambio que afectará sólo al 0,17% de los contribuyentes con un impacto de 491,4 millones de euros según las previsiones del Ministerio de Hacienda.

Cómo hacer el borrador de la Renta

¿Cómo hacer la Declaración de la Renta 2021/2022? Hay tres modalidades cuyas fechas hemos mencionado anteriormente: online, telefónica o presencial. Si has optado por hacer tu borrador y presentar tu Declaración online, vamos a contarte todos los pasos a seguir.

La Agencia tributaria habilita todos los años un apartado en su web destinado a hacer tu borrador y hacer tu Declaración de la Renta. Por supuesto, siempre te recomendamos solucionar las dudas que puedan surgir llamando al teléfono que pone a disposición del contribuyente la Agencia Tributaria: 91 554 87 70.

En primer lugar, tenemos que ir a la web de la AEAT y buscar el apartado Campañas. Desde aquí, verás la opción Renta. Una vez dentro, en la columna izquierda verás el título Trámites destacados. En esta lista, encontrarás Servicio de tramitación borrador/declaración de la Renta (Renta Web).

El siguiente paso es iniciar sesión. Tendrás que introducir tu DNI o identificarte con certificado digital. Para hacer gestiones, te recomendamos acceder a la Agencia tributaria con tu certificado digital instalado en el navegador que estás utilizando, sólo tendrás que pinchar en Acceda con certificado y se desplegará el archivo en la parte superior de la pantalla. Haz clic en el archivo con tu nombre y habrás iniciado sesión en cuanto se cargue la página.

Posiblemente, lo siguiente que aparezca será una confirmación de datos. Puede que tengas que ratificar tu domicilio, tu teléfono, tu cuenta bancaria, si eres propietario o arrendatario… en definitiva, datos relevantes para hacer la Declaración de la Renta.

Si deseas consultar todos tus datos para asegurarte de que son correctos, verás las opciones de Consultar datos fiscales, Consultar datos censales, Modificar domicilio fiscal o Gestionar cartera de valores entre otras. Una vez hayas terminado con todas estas gestiones, puedes volver, al borrador pinchando en Borrador/Declaración (Renta Web).

Ahora pasaremos a comprobar todos nuestros datos identificativos tales como nombre, estado civil, fecha de nacimiento, etc. Si estás casado/a y tienes hijos, también tendrás que introducir sus datos.

A continuación, aparecerá una ventana que avisa de la posibilidad de recibir avisos y notificaciones en el móvil o en el email. Si quieres que así sea, pincha en , y de lo contrario, marca No.

A continuación llegaremos apartado Actividades económicas. Aquí aparecerá tu nómina y préstamos hipotecarios si los tienes (ya que hay deducción para la vivienda habitual). Comprueba la información, y si todo está correcto, pincha en Aceptar.

En caso de que tengas algo más que declarar en otras categorías, aparecerán a continuación. De lo contrario, llegarás a la pantalla de Resumen de declaraciones. Aquí ya aparecerá la información sobre la Declaración de la Renta te sale a pagar o a devolver, así como u desglose de tus rendimientos de trabajo, de capital mobiliario, de inmuebles, base imponible general, base liquidable, etc. Comprueba que todos los datos sean correctos y te cuadren. Si es así, pincha en Continuar con la declaración.

Llegaremos a la siguiente pantalla, en cuya cabecera podremos leer Impuesto sobre la Renta de las personas físicas – Modelo 100. Estamos en el borrador completo de la Declaración de la Renta. Verás una barra con una serie de controles, para ir seleccionando opciones, guardar, avanzar y retroceder.

Aquí es donde tenemos la opción de marcar las famosas “casillas”, como la de la asignación tributaria a la Iglesia católica, o a actividades de interés general consideradas de interés social.

Una vez hayas marcado las que desees, llegarás a la versión final de tu borrador. Si al revisarlo ves necesario hacer algún cambio, puedes pulsar en los controles de la barra superior de la página, ir al apartado que necesites y modificar los datos erróneos.

Cuando tengas toda la información revisada y validada, puedes presentarla y tu Declaración de la Renta ya estaría lista. Sólo quedaría esperar la devolución si te ha salido a devolver o abonar la cantidad indicada si te ha salido a pagar, que afortunadamente se puede realizar en dos plazos para facilitar el pago.

¿Y cuánto tarda la AEAT en devolver la Renta? Puede tardar desde un par de semana a un par de meses. De hecho, técnicamente el dinero puede tardar hasta el 30 de diciembre del año en curso en ser devuelto pero, no te preocupes, no es habitual que tarde tanto y si hacer tu Declaración online lo antes posible, puede que tengas tu devolución antes de finales de junio.

Cómo obtener la casilla 505

¿Qué es la casilla 505 en la Renta y por qué es tan importante?

Es casilla corresponde a la Base liquidable general sometida a gravamen.

La base liquidable de un impuesto es la cantidad final que se somete a gravamen. Un gravamen es el impuesto que se aplica sobre un inmueble, una propiedad o el caudal de una persona. De manera que la base liquidable general sometida a gravamen en la Declaración de la Renta es la cifra resultante de restar a la base imponible las reducciones y deducciones a las que el contribuyente tiene derecho.

Por ejemplo, si la base imponible es 420 y las reducciones y deducciones restan 80, la base liquidable general sometida a gravamen, la que indica la casilla 505, sería 340.

Datos fiscales

Ya te hemos contado cuál es el proceso de elaboración del borrador online y la posterior presentación de la Declaración, pero es necesario que ahora nos detengamos en aspectos más técnicos que serán de tu interés. Aunque la campaña dé comienzo en su modalidad online el 6 de abril, desde unas semanas antes los contribuyentes podremos pedir nuestros datos fiscales para la Declaración de la Renta.

¿Qué incluyen estos datos? Desde datos personales como domicilio y dirección a los aspectos económicos respecto a las cantidades percibidas durante el pasado año, ya sea por rendimientos del trabajo, ingresos a cuenta, deducciones, etc. Es importante tener toda esta información clara y revisada con antelación, ya que un error en alguno de estos datos puede provocar que la cantidad que resulte a pagar o a devolver sea errónea, y que en el futuro tengamos un problema que resolver con Hacienda que se puede evitar revisando estos datos.

Consulta tus datos fiscales

En la web de la Agencia Tributaria, suele habilitarse un banner indicando todo lo relacionado con la presente declaración de la Renta. Este año veremos unas grandes letras indicando “Renta 2021”.

Tendremos que pinchar aquí y buscar el apartado Trámites. Aparecerá la opción Consultar sus datos fiscales. Esta es la correcta.

En este momento tendremos que identificarnos e iniciar sesión con certificado digital o DNIe, con cl@ve PIN o con número de referencia. Te recomendamos acceder con certificado digital, y si aún no lo tienes, no dudes en solicitar tu certificado digital en CertificadoElectronico.es

Una vez hayas accedido, aparecerán tus datos fiscales, que podrás comprobar y revisar. Si hay algún error o tienes alguna duda, te recomendamos pedir información a la AEAT por teléfono o presencialmente.

Bien, hemos recorrido un largo camino reparando las claves para poder hacer tu Declaración de la Renta esta año con un buen dominio, no sólo del proceso o de las novedades, sino de términos que puede que no conocieras y que hayamos mencionado aquí. Deseamos que haya sido de ayuda y, si necesitas tu certificado digital, cuenta con CertificadoElectronico.es

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