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Descarga tu recibo de autónomo

¿Sabes que puedes descargar tu recibo de autónomo con tu certificado digital a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social.

Realiza este trámite mejor con Certificado Digital

Fecha de publicación

27 Dic, 2021

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Descarga tu recibo de autónomo en la Seguridad Social siguiendo los sencillos pasos que te explicamos en este artículo. Para hacerlo, necesitas identificarte en su Sede Electrónica, y la forma más sencilla de hacerlo es con certificado digital.

Un trabajador autónomo es aquel que realiza de forma personal y directa una actividad económica, a título lucrativo, sin sujeción por ella a un contrato de trabajo. Este trabajador es responsable directo de solicitar su alta y afiliación. Un trabajador autónomo cotiza desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. El pago mensual de la cuota de autónomos es la cuantía que el trabajador aporta a la Seguridad Social para cubrir situaciones de asistencia sanitaria, incapacidad temporal y baja por maternidad, y determina la cuantía de su pensión de jubilación.

En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber en relación a los trámites que debe realizar un trabajador autónomo, la relación de éste con la Seguridad Social, especialmente cómo descargar tu recibo de autónomo en la Seguridad Social.

¿Cuándo un trabajador es autónomo?

Un trabajador autónomo es aquel que realiza de forma personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo.

La condición de trabajador autónomo se cumple en varias situaciones:

  • Si eres un interesado que ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietario o arrendatario.
  • Si la persona es un teletrabajador que tiene clientes y que realiza una actividad remunerada, y si emite facturas formales por sus actividades puesto que es titular de una empresa unipersonal.

Si eres trabajador autónomo, eres responsable de las altas, modificaciones y bajas en la Seguridad Social, siendo tu responsabilidad ilimitada.

El derecho de los autónomos se amplía al incorporarlos plenamente a la prestación por incapacidad temporal o a las contingencias profesionales.

Seguridad Social para autónomos

En el caso de que seas trabajador autónomo serás responsable directo de cumplir la obligación de solicitar tu alta y tu afiliación. Respecto a tus familiares colaboradores, responderás subsidiariamente.

Si eres trabajador autónomo estás obligado a cotizar desde el día en que se efectúe tu alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Mientras desarrolles tu actividad como trabajador autónomo, permanece la obligación de cotizar, incluso durante las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, periodos de descanso por maternidad o paternidad. La obligación termina cuando finalizas tu actividad por cuenta propia.

Debes comunicar tu cese en la actividad a la Tesorería General de la Seguridad Social (o TGSS), con una antelación de tres días naturales.

Descarga tu recibo de autónomo en la Seguridad Social

La consulta de recibos emitidos para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es un servicio que pone a disposición de estos trabajadores. Aquí, puedes consultar y descargar los recibos de liquidación mensuales en los que se detalla la información relativa a las cuotas de Seguridad Social. Para esta consulta necesitas utilizar el certificado digital.

Para acceder a este servicio debes realizar el acceso a trámites con certificado electrónico, cl@ve o sin certificado, vía SMS. La forma más sencilla de acceso es con certificado electrónico, ya que una vez instalado en nuestro navegador, podemos identificarnos en un sólo clic.

Una vez dentro, aparecerán los recibos de liquidación emitidos al trabajador autónomo como sujeto obligado al pago, tanto el último recibo emitido como otros de períodos anteriores. En cada uno de ellos, tendremos la opción de descargarlos. Mira en tu carpeta de Destino y ya tendrás la descarga de tu recibo de autónomo en la Seguridad Social.

Pagos en la Seguridad Social

Con carácter general, la gestión, administración y control de las pensiones contributivas se efectúa por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Esta entidad tiene facultades para reconocer el derecho a una pensión y garantizar que se cumplen las condiciones necesarias para el mantenimiento de la pensión reconocida.

Las pensiones contributivas se abonan a sus titulares a través de cuenta corriente, salvo que se trate de beneficiarios menores de 18 años o mayores incapacitados judicialmente, en cuyo caso, la pensión se abonará a quienes los tengan a su cargo.

Una vez efectuado el primer pago de la pensión, los importes de los pagos mensuales deben figurar en la cuenta de los perceptores, o a disposición del beneficiario en la entidad financiera colaboradora el primer día hábil del mes en que se realiza el pago.

Con carácter excepcional se admitirá el pago en efectivo en algún supuesto especial.

Pago de autónomos

El pago mensual de la cuota de autónomos se realiza a partir del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y varía cada año.

Los trabajadores autónomos tienen que cotizar desde el primer día en que inician su actividad, y cada mes se lleva a cabo la liquidación de la cuota en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en tu entidad financiera o a través de la web de la Seguridad Social.

La cuota de autónomos es un porcentaje que se calcula sobre la base de cotización o “sueldo teórico”. Las bases de cotización tienen un mínimo y un máximo que cada año establece el Gobierno mediante los Presupuestos Generales del Estado; y es lo más similar que tiene un autónomo a una nómina.

Desde el 1 de enero de 2021 se ha producido una subida de los tipos de cotización de un 0,1% por cese de actividad, así se pasa al 0,9% en 2021 y sube un 0,2% por contingencias profesionales, situándose en el 1,3%.

La cuota mínima de autónomos ha llegado a a los 289 euros este año. Mientras que la cuota máxima ha alcanzado los 1.245,45 euros.

Cómo pedir un duplicado de tu número de la Seguridad Social

Para poder consultar tu número de afiliación (NAF) o número de referencia de expediente de la seguridad social, lo puedes hacer de la siguiente forma:

A través de internet, simplemente debes acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social desde https://sede.seg-social.gob.es/, pinchar en la sección Ciudadanos y seleccionar Informes y certificados.

Después, elige la opción Duplicado de documento de afiliación. El desplegable que se abrirá te dará información sobre las formas de acceder al procedimiento: certificado electrónico, usuario y contraseña del sistema de la Seguridad Social, sistema Cl@ve o mediante SMS.

Tras identificarte, la Sede Electrónica de la Seguridad Social te permitirá visualizar y consultar de forma inmediata el duplicado provisional del documento identificativo de la Seguridad Social, o documento de afiliación.

Renta para autónomos

La declaración de la renta se ha convertido en un trámite mucho más sencillo para la mayoría de los trabajadores autónomos gracias a los borradores a través de la aplicación Renta Web. Puedes acceder en cualquier momento al servicio de esta web a través de tu número de referencia, clave PIN o certificado electrónico. junto al También puedes realizar el borrador haciendo uso del Plan Le Llamamos, un servicio de atención telefónica previa cita.

Nómina de autónomo: ejemplos

Aunque los autónomos no tienen nómina, sí que abonan mensualmente una cantidad a la Seguridad Social. Lo que se conoce como cuota de autónomos. Esto se reparte en una serie de conceptos que explicamos a continuación.

Lo primero que debe elegir el autónomo es la base de cotización. En España, actualmente, se encuadra desde el mínimo de 919,8 € hasta el máximo de 3.751,2 €. Sobre esta base de cotización se establecen los porcentajes correspondientes a cada una de las coberturas que terminarán componiendo nuestro pago mensual a la Seguridad Social.

Las contingencias comunes dan derecho a una prestación por baja cuando se produzca por enfermedad común o accidente no laboral. Supone el 29,8% de la base. Se añadirá un 0,1% adicional, para cubrir la prestación por riesgo de embarazo o lactancia natural. Esto es obligatorio. En la nómina de un autónomo también están presentes los apartados de cese de actividad, situación de desempleo y contingencias profesionales.

Una vez más, como has podido comprobar, también es necesario el certificado digital si eres trabajador autónomo y quieres realizar trámites vía online con la Seguridad Social.

Si tu objetivo es conseguir tu certificado digital en minutos y sin tener que salir de casa, cuenta con CertificadoElectronico.es.

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